martes, 3 de noviembre de 2009

Definiciones:

El Proyecto Educativo de Centro: (PEC) define las finalidades de la Comunidad Educativa en cuanto al tipo de persona que queremos formar (valores, principios de identidad, pautas de conducta, etc.). En él se recogen los planteamientos educativos de carácter general: los principios de identidad, los objetivos institucionales y el organigrama general.

Reglamento de organización y funcionamiento: (El ROF) Es el instrumento que debe facilitar la consecución del clima organizativo y funcional adecuado para alcanzar las Finalidades Educativas y el desarrollo y aplicación del Proyecto Curricular del Centro, el Reglamento de Organización y Funcionamiento y sus modificaciones serán elaborados por el Equipo Directivo, contando con las aportaciones del Claustro de profesores, de las Asociaciones de Padres de Alumnos y de los restantes sectores de la comunidad educativa, y aprobados por el Consejo Escolar.

Programación Anual: Al principio de cada curso, los centros deben elaborar una programación general anual que recoja todos los aspectos relativos a la organización y su funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas y todos los planes de actuación acordados y aprobados. Este documento se encuentra entre las responsabilidades de planificación que corresponden al centro. Es un instrumento práctico del que nos vamos a servir para poner en marcha, la eficacia que se precisa, los mecanismos que hacen posible la organización y funcionamiento de los centros educativos.

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